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PRODECON declara días inhábiles del 16 al 20 de febrero de 2026

23/02/2026
Informativa Nota

Contexto general

El 23 de febrero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 002/2026, mediante el cual la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) suspendió actividades y declaró inhábiles los días del lunes 16 al viernes 20 de febrero de 2026, exclusivamente para su Delegación en San Luis Potosí.

La medida tiene efectos procesales relevantes, ya que durante dicho periodo no corren términos ni plazos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados ante esa unidad administrativa.

Causa de la suspensión

De acuerdo con el propio Acuerdo, el 15 de febrero de 2026 se registró un incendio en las instalaciones donde se ubican los equipos de aire acondicionado de la Delegación San Luis Potosí, generando afectaciones materiales y riesgos potenciales para la integridad del personal y de las personas usuarias.

Tras la revisión técnica correspondiente y en atención a recomendaciones de protección civil, se determinó que las condiciones del inmueble no garantizaban seguridad para la operación normal del servicio público.

Alcance jurídico de la declaratoria de días inhábiles

El Acuerdo establece expresamente que “no correrán términos y plazos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse ante dicha unidad administrativa”.

Lo anterior implica que:

  • Se suspende el cómputo de plazos en quejas
  • Se interrumpe el término para presentar promociones
  • Se detiene el cómputo en acuerdos conclusivos
  • Se suspenden plazos en procedimientos de representación y defensa

Es importante destacar que la suspensión aplica únicamente para la Delegación San Luis Potosí, no para las demás delegaciones ni para oficinas centrales.

Fundamento normativo

El Acuerdo se emite con fundamento en:

  • Ley Orgánica de la PRODECON
  • Estatuto Orgánico del organismo
  • Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Se trata de una medida adoptada por causa de fuerza mayor, con sustento en atribuciones administrativas para salvaguardar la integridad física de servidores públicos y personas contribuyentes.

Impacto práctico para contribuyentes y asesores

Para contribuyentes con asuntos radicados en dicha Delegación, resulta recomendable:

  • Verificar la nueva fecha de vencimiento de plazos suspendidos
  • Confirmar la reanudación formal de actividades
  • Conservar evidencia de fechas de presentación o notificación
  • Revisar si algún trámite puede canalizarse por medios electrónicos o ante otra unidad administrativa, cuando proceda

Debe considerarse que la suspensión no necesariamente impacta procedimientos que dependan exclusivamente de autoridades fiscales distintas a PRODECON.

Entrada en vigor

El Acuerdo entró en vigor el 16 de febrero de 2026, fecha de su emisión, aunque fue publicado el 23 de febrero en el DOF.

La declaratoria de días inhábiles por causas extraordinarias constituye un supuesto relevante para el cómputo de términos en materia de defensa fiscal.


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