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Hacienda aumenta en 4 mil 245 millones de pesos el capital social del Banco del Bienestar para fortalecer su operación

06/07/2026
Informativa Nota

Contexto general

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó el Acuerdo 80/2026, mediante el cual modifica el artículo 7 del Reglamento Orgánico del Banco del Bienestar para incrementar su capital social en 4 mil 245 millones de pesos. Con esta aportación, el capital de la institución pasa de 18 mil 538 millones 702 mil pesos a 22 mil 783 millones 702 mil pesos, con el objetivo de fortalecer financieramente a la banca de desarrollo y respaldar su capacidad operativa.

Actualizan la integración del capital social

Como consecuencia del aumento de capital, también se modifica la integración de los certificados de aportación patrimonial.

El capital social queda representado por:

  • Serie "A"
    • 1,503,724,332 certificados de aportación patrimonial.
    • Valor nominal de 10 pesos cada uno.
  • Serie "B"
    • 774,645,868 certificados de aportación patrimonial.
    • Valor nominal de 10 pesos cada uno.

La actualización únicamente refleja la nueva integración patrimonial derivada del incremento autorizado.

Aumento deriva de acuerdos del Consejo Directivo

La reforma tiene como antecedente diversos acuerdos adoptados por los órganos de gobierno del Banco. Entre ellos destacan:

  • La Sesión Extraordinaria 179, celebrada el 20 de diciembre de 2024, en la que se aprobó promover el aumento de capital
  • La Sesión Ordinaria 183, realizada el 26 de marzo de 2025, mediante la cual se autorizó proponer la modificación del Reglamento Orgánico para reflejar la nueva integración del capital social

Posteriormente, la Secretaría de Hacienda verificó la suficiencia presupuestaria y autorizó formalmente la aportación de recursos.

Hacienda justifica el fortalecimiento patrimonial

En los considerandos del Acuerdo, la Secretaría señala que el incremento de capital fue aprobado conforme a:

  • La Ley de Instituciones de Crédito
  • La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
  • El Reglamento de dicha ley

La finalidad consiste en fortalecer patrimonialmente al Banco del Bienestar mediante una aportación de recursos públicos previamente autorizada dentro del presupuesto federal.

El régimen transitorio establece que:

  • El Acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
  • El Banco del Bienestar deberá inscribir las modificaciones a su Reglamento Orgánico en el Registro Público de Comercio, conforme al artículo 30 de la Ley de Instituciones de Crédito

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