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Extienden vigencia de autorizaciones y registros en seguros y fianzas hasta el 30 de abril de 2026

08/04/2026
Informativa Nota

Contexto general

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), mediante la Circular Modificatoria 2/26 a la Única de Seguros y Fianzas, incorporó la Disposición Nonagésima Transitoria, con la finalidad de extender la vigencia de autorizaciones y registros de agentes y ajustadores, derivado de un incidente de seguridad de la información ocurrido el 30 de enero de 2026.

Origen de la medida

La CNSF señaló que el 30 de enero de 2026 se presentó un incidente de seguridad de la información. A partir de ello, se implementaron acciones para:

  • Salvaguardar sistemas
  • Garantizar continuidad de servicios

La autoridad determinó que dicho incidente no debe afectar:

  • La vigencia de autorizaciones
  • La continuidad operativa del sector

Adición de disposición transitoria

Por lo anterior, se adicionó la disposición Nonagésima Transitoria a la Circular Única de Seguros y Fianzas, con el objetivo de:

  • Brindar certeza jurídica
  • Evitar afectaciones por vencimientos durante el periodo de contingencia

Alcance de la medida

La disposición establece que las autorizaciones y registros que debían refrendarse a partir del 15 de enero de 2026 continuarán vigentes hasta el 30 de abril de 2026.

Esto incluye autorizaciones cuyo vencimiento ocurra durante dicho periodo. Es decir, implica una prórroga automática de vigencia sin necesidad de trámite inmediato.

Sujetos beneficiados

La medida aplica a:

  • Agentes Persona Física
  • Apoderados de Agentes Persona Moral
  • Agentes Mandatarios
  • Ajustadores de seguros

Estos sujetos, conforme a la normativa vigente, deben refrendar autorizaciones cada tres años.

Entrada en vigor

La Circular Modificatoria entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF (8 de abril de 2026).


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